EL IESS NO INICIARÁ PROCEDIMIENTOS COACTIVOS HASTA EL 28 DE FEBRERO DEL 2025
En las Disposiciones Transitorias – Sexta de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador establece que, el IESS no iniciará procedimientos coactivos a partir de la entrada en vigor de la presente Ley y hasta el 28 de febrero del 2025, en virtud de la crisis energética existente en el territorio nacional.
Los procedimientos coactivos se suspenderán por la misma temporalidad indicada en el párrafo anterior. De existir valores retenidos en instituciones financieras públicas y privadas, ante la ejecución de medidas cautelares, éstos podrán ser embargados siempre y cuando sean solicitados por parte del coactivado, a fin de pagar total o parcialmente la obligación. La suspensión de los procedimientos de ejecución coactiva no generará honorarios de abogados externos ni gastos administrativos establecidos por el IESS durante el periodo establecido.
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