EL 31 DE JULIO VENCE EL PLAZO PARA ACOGERSE A LA REMISIÓN DEL 100% DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS
Los contribuyentes que paguen total o parcialmente las obligaciones tributarias derivadas de los tributos cuya administración y recaudación le correspondan al Servicio de Rentas Internas, y que hayan sido generadas hasta el 31 de diciembre del 2023, gozarán de la remisión del 100% de intereses, multas y recargos respecto del capital pagado. Para el efecto, el pago deberá realizarse hasta el 31 de julio de 2024.
No se sujetan a la remisión prevista en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo:
- Las obligaciones tributarias generadas desde el01 de enero de 2024 en adelante;
- Las obligaciones recaudadas y no administradas por elServicio de Rentas Internas;
- Las obligaciones correspondientes al Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2023;
- Las obligaciones tributarias cuyos sujetos pasivos sean el presidente de la república, los asambleístas provinciales y nacionales, o sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad -según en el catastro que para el efecto remita el Registro Civil-;
- Las obligaciones tributarias que no contengan un valor de impuesto a pagar;
- Las sanciones pecuniarias constantes en procesos sancionatorios;
- Los valores derivados de procesos de control que persigan la restitución de valores devueltos de manera indebida;
- Otras obligaciones que no reúnan los presupuestos señalados en el primer inciso de este artículo.
Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000011
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