EL 31 DE JULIO VENCE EL PLAZO PARA ACOGERSE A LA REMISIÓN DEL 100% DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS

Los contribuyentes que paguen total o parcialmente las obligaciones tributarias derivadas de los tributos cuya administración y recaudación le correspondan al Servicio de Rentas Internasque hayan sido generadas hasta el 31 de diciembre del 2023gozarán de la remisión del 100% de intereses, multas y recargos respecto del capital pagadoPara el efecto, el pago deberá realizarse hasta el 31 de julio de 2024.

No se sujetan a la remisión prevista en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo:

  1. Las obligaciones tributarias generadas desde el01 de enero de 2024 en adelante;
  2. Las obligaciones recaudadas y no administradas por elServicio de Rentas Internas;
  3. Las obligaciones correspondientes al Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2023;
  4. Las obligaciones tributarias cuyos sujetos pasivos sean el presidente de la república, los asambleístas provinciales y nacionales, o sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad -según en el catastro que para el efecto remita el Registro Civil-;
  5. Las obligaciones tributarias que no contengan un valor de impuesto a pagar;
  6. Las sanciones pecuniarias constantes en procesos sancionatorios;
  7. Los valores derivados de procesos de control que persigan la restitución de valores devueltos de manera indebida;
  8. Otras obligaciones que no reúnan los presupuestos señalados en el primer inciso de este artículo.

       Advertencia: Los tips publicados en este blog de CITE no es una asesoría, tampoco pueden usarse como tal, lo expuesto aquí son datos de carácter informativo.

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