ACUERDA:

EMITIR DIRECTRICES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA RED PÚBLICA INTEGRAL DE SALUD Y DEMÁS INSTITUCIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY ORGÁNICA DE CARRERA SANITARIA

1.- Objeto. Emitir directrices para la ejecución de los procesos administrativos derivados de las sentencias judiciales de profesionales de la salud de la Red Pública Integral en Salud y demás instituciones públicas en el marco de la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria.

2.- Ámbito de aplicación. Las directrices emitidas en el presente Acuerdo Ministerial, son de carácter obligatorio para la Red Pública Integral de Salud y demás instituciones públicas que cuenten con profesionales de la salud con sentencias judiciales ejecutoriadas.

3.- De la procedencia del requerimiento. – La Red Pública Integral de Salud y demás instituciones públicas previo análisis e informe jurídico de las áreas intervinientes, verificarán las disposiciones emitidas por los jueces a fin de realizar las acciones administrativas que permitan la ejecución de la sentencia de los profesionales de la salud.

(…)

DISPOSICIÓN GENERAL

PRIMERA. – El Ministerio de Salud Pública, en el ámbito de su competencia, realizará las acciones necesarias que permitan el cumplimiento de sentencias a partir de la entrada en vigencia de este Acuerdo Ministerial.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. De su ejecución encárguese al Viceministerio de Gobernanza de la Salud y la Subsecretaría de Rectoría del Sistema Nacional de Salud, a través de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Profesional y Carrera Sanitaria.

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