RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO. – Aprobar el “Programa de Educación Financiera IESS” código No. IESS-DNSAC-PR-001, versión 1.0, mismo que se anexa y forma parte de la presente resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA. – La Dirección General será la encargada de aprobar la(s) metodología(s) para realizar la evaluación, seguimiento y control en el diseño, ejecución y resultados del “Programa de Educación Financiera IESS”.
SEGUNDA. – La Dirección Nacional de Servicios de Atención al Ciudadano coordinará con las áreas que correspondan la implementación del “Programa de Educación Financiera IESS”; y, presentará semestralmente a la Dirección General el Informe de avance de su implementación.
La Dirección General remitirá al Consejo Directivo el Informe de avance sobre la implementación del “Programa de Educación Financiera IESS”, para conocimiento y aprobación.
TERCERA. – La Dirección General incluirá los resultados del “Programa de Educación Financiera IESS” en el informe de rendición de cuentas del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
CUARTA. – El Consejo Directivo a través de la Dirección General informará a la Superintendencia de Bancos lo establecido en el Anexo I, Anexo II y Anexo III, expedidos por la Superintendencia de Bancos, conforme las siguientes fechas:
- Anexo I: Se presentará dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de febrero de cada año.
- Anexo II: Se presentará trimestralmente, antes del último día hábil de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año.
- Anexo III: Se presentará luego de ejecutar el “Programa de Educación Financiera IESS”.
Los anexos enviados a la Superintendencia de Bancos constarán en el Informe de avance de la implementación del “Programa de Educación Financiera IESS”.
QUINTA. – La Dirección Nacional de Servicios de Atención al Ciudadano en caso de requerir presupuesto para gestionar las actividades del “Programa de Educación Financiera IESS”, deberá gestionar las acciones a fin de que sea considerado dentro del PAC institucional.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA. – La Dirección Nacional de Servicios de Atención al Ciudadano con asesoramiento de la Dirección Nacional de Planificación en el término de sesenta (60) días elaborará la(s) metodología(s) para el control en el diseño, ejecución, seguimiento, evaluación y resultados del “Programa de Educación Financiera IESS” para aprobación de la Dirección General.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. – Encárguese a la Directora General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social la ejecución y difusión de la presente Resolución a través de la Subdirección Nacional de Gestión Documental.
SEGUNDA. – La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.