La Corporación Financiera Nacional B.P., BANECUADOR B.P., el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, los bancos privados y las entidades financieras privadas integrantes de los grupos financieros mantendrán obligatoriamente comités permanentes de auditoría, en calidad de comités del directorio, a fin de que fortalezcan el sistema de controles internos, de la auditoría interna, de la auditoría externa y de las calificadoras de riesgo.