SB-2020-496 Dispónese a las entidades de los sectores financieros público y privado que, en el término de 3 días, implementen un “Plan de Manejo de Emergencias”
SB-2020-497 Suspéndense los plazos y términos en todos los procesos, procedimientos y recursos cuyo conocimiento y trámite ha iniciado la SB, y debe resolver en sede administrativa por mandato de la ley, mientras duren las restricciones ordenadas en el estado de excepción.