Al amparo de lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se requiere a las instituciones que conforman la Red Pública Integral de Salud, adopten las medidas necesarias para agilitar el aprovisionamiento de medicamentos e insumos médicos]; y evalúen la situación institucional a fin de que determinen la pertinencia de efectuar la declaratoria de emergencia institucional en cada subsistema de salud.