SRI INFORMA SOBRE LA DECLARACIÓN Y PAGO DE AUTORRETENCIONES DE GRANDES CONTRIBUYENTES

A partir de agosto de 2024, los Grandes Contribuyentes deberán declarar y pagar las autorretenciones conforme a las nuevas disposiciones establecidas por el Servicio de Rentas Internas (SRI) mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000030, suscrita el 07 de agosto de 2024.

Los Grandes Contribuyentes deben utilizar exclusivamente el “Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes ”para la declaración y pago mensual de sus autorretenciones utilizando el código de impuesto 1076en este formulario.

En el caso de no generar ingresos gravados sujetos a autorretención en uno o varios períodos, el contribuyente está obligado a presentar las declaraciones en cero dentro de los plazos establecidos.

Además, se habilita la posibilidad de efectuar el pago total o parcial de las autorretenciones de Grandes Contribuyentes mediante compensación con notas de crédito del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

El cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones tributarias son el reflejo del compromiso de los Grandes Contribuyentes con la reactivación económica del país.

Revise la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000030

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