ACUERDA:
Expedir los LINEAMIENTOS PARA EL ABORDAJE DE CONFLICTOS ESCOLARES, CONDUCTAS ESTUDIANTILES PROBLEMÁTICAS, FALTAS CONTEMPLADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y PROCESOS EDUCATIVOS RESTAURATIVOS
Art. 1.- Ámbito. – El presente instrumento es de aplicación obligatoria para todas las instituciones educativas de sostenimientos fiscal, fiscomisional, municipal y particular en todos los niveles y modalidades del Sistema Nacional de Educación.
Art. 2.- Objeto. – Regular el abordaje de conflictos escolares, conductas estudiantiles problemáticas y faltas no contempladas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural; así como los procesos educativos restaurativos que comprenden a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, consecuencias y procedimientos educativos disciplinarios, aplicados a estudiantes del Sistema Nacional de Educación de conformidad con la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General.
Este instrumento no regula los delitos, conductas de violencia escolar, acoso escolar y hostigamiento académico; faltas que serán conocidas, tramitadas y resueltas exclusivamente por la Junta Distrital de Resolución de Conflictos, de conformidad con el artículo 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.
(…)
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. – La aplicación de las consecuencias establecidas en esta normativa será de carácter obligatorio desde la expedición del presente Acuerdo Ministerial; sin embargo, las instituciones educativas que hayan actualizado su Proyecto Educativo Institucional y Código de Convivencia de conformidad con el Acuerdo Ministerial No MINEDUC-MINEDUC-2022-00038-A de 21 de octubre de 2022, deberán adecuar los mismos a la presente normativa desde el año lectivo 2024-2025. Durante el año lectivo 2023-2024 las instituciones educativas podrán mantener su Código de Convivencia vigente e implementarán las consecuencias establecido en el presente Acuerdo Ministerial para las conductas y comportamientos que en este se regulan.
SEGUNDA. – La Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir del Ministerio de Educación desarrollará y socializará un instrumento que guíe a los profesionales de la educación y familias en la resolución de conflictos; así como herramientas lúdicas y didácticas que fortalezcan las habilidades de las y los estudiantes en la resolución de conflictos.
TERCERA. – La Subsecretaría para la Innovación Educativa y el Buen Vivir del Ministerio de Educación desarrollará y socializará una guía para la implementación de prácticas restaurativas para la restauración del tejido social y reparación del daño.
CUARTA. – Los procesos iniciados previo a la emisión de este Acuerdo Ministerial, concluirán con la normativa educativa vigente al momento en el que se iniciaron.
DISPOSICIÓN FINAL. – El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.