ACUERDA:

Expedir la normativa que regula la CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DE LOS ORGANISMOS ESCOLARES ACADÉMICOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN

Art. 1.- Ámbito. – Este instrumento es de cumplimiento obligatorio para los Distritos Educativos e instituciones educativas públicas, particulares y fiscomisionales del Sistema Nacional de Educación.

Art. 2.- Objeto. – Regular la conformación y funciones de los Organismos Escolares Académicos del Sistema Nacional de Educación.

Art. 3.- Organismos Escolares. – Son Organismos Escolares Académicos del Sistema Nacional de Educación los siguientes:

  1. Consejo Académico Educativo;
  2. Consejo Ejecutivo;
  3. Junta de Coordinadores/as de Área;
  4. Junta de Docentes de Grado o Curso; y,
  5. Gobierno Escolar.

El ámbito de aplicación del Gobierno Escolar es para las instituciones educativas de sostenimiento fiscal.

(…)

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. – Las Direcciones Distritales se encargarán de la conformación de los Consejos Académicos Educativos en el plazo de dos (2) meses, contados a partir de la expedición del presente Acuerdo.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. – Deróguese los Acuerdos Ministeriales N° 382-11, de 14 de noviembre del 2011; y, N° MINEDUC-ME-2016-00060-A, de 06 de julio del 2016.

DISPOSICIÓN FINAL. – El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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