RESUELVE:

REFORMAR AL ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2024-175, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL Nro. 649 DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024, QUE EXPIDIÓ EL PROCEDIMIENTO DE SUMARIO ADMINISTRATIVO

Artículo 1.- En el último párrafo del considerando séptimo, realizar la siguiente reforma:

“(artículo reformado por la disposición reformatoria de la ley s/sn,RO.245-25,7-11-2023)”; sustitúyase por, “(artículo reformado por la disposición reformatoria de la ley s/sn, RO.245- 2S, 7-11-2023)”.

Artículo 2.- Sustitúyase el artículo 2 por el siguiente:

Artículo 2.- Ámbito. – Las disposiciones de este instrumento son de aplicación obligatoria para las instituciones de la Función Ejecutiva.

Se excluye del ámbito de aplicación del presente acuerdo, a los servidores públicos bajo el régimen del Código del Trabajo, Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, Ley Orgánica de Educación Superior, Ley Orgánica de Educación Intercultural, Ley Orgánica de Empresas Públicas, Diplomática del Servicio Exterior y Carrera Sanitaria; a los servidores públicos que pertenezcan a la función legislativa a través de la Asamblea Nacional y a la función judicial por intermedio del Consejo de la Judicatura.”

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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